Blogia
Desconocido sensato

Derechos y deberes de los funcionarios

Derechos de los funcionarios.

De los derechos, cuya titularidad corresponde a los funcionarios, derivados de la relación jurídica con la Administración, destacamos los siguientes:

Derecho al cargo.

Que se concreta en el desempeño de un puesto de trabajo del nivel comprendido entre los asignados a su Cuerpo o Escala y que se atribuye exclusivamente a los funcionarios.

Derecho al respeto de la intimidad.

Derecho al respeto de la intimidad y a la consideración debida a su dignidad comprendida la protección frente a ofensas verbales o físicas de naturaleza sexual.

Derecho de inamovilidad de residencia.

Siempre que lo permitan las necesidades de servicio.

Derecho a la carrera administrativa.

Este derecho comprende, a su vez:

Derecho a participar en la provisión de puestos de trabajo.

Conforme establece la Ley 30/1984 y el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, los puestos de trabajo adscritos a funcionarios se proveerán de acuerdo con los siguientes procedimientos:

  • Concurso: constituye el sistema normal de provisión y en él se tendrán únicamente en cuenta los méritos exigidos en el correspondiente convocatoria, entre los que figurarán los adecuados a las características de cada puesto de trabajo, así como la posesión de un determinado grado personal, la valoración del trabajo desarrollado, los cursos de formación y perfeccionamiento superados y la antigüedad.
  • Libre designación: podrán cubrirse por este sistema aquellos puestos que se determinan en las relaciones de puestos de trabajo, en atención a la naturaleza de sus funciones.

Las convocatorias para proveer los puestos de trabajo por concurso o por libre designación, así como sus correspondientes resoluciones deberán hacerse públicas en el BOE, y si se estima necesario en los Boletines o Diarios oficiales.

Cuando las necesidades del servicio lo exijan, los puestos de trabajo podrán cubrirse mediante:

    1. Redistribución de efectivos.
    2. Reasignación de efectivos.
  1. Temporalmente podrán ser cubiertos mediante:
    1. Comisión de servicios.
    2. Adscripción provisional.

Derecho a la promoción profesional.

 

 

0 comentarios